Indemnización para trabajador que levantó una turbina de más de 100 kilos y quedó con una incapacidad permanente

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Un fallo ordenó a una aseguradora a indemnizar a un trabajador de Alcalis de la Patagonia por las secuelas derivadas de un accidente laboral ocurrido mientras manipulaba una pesada pieza mecánica durante una tarea de reparación.
Según se acreditó en el expediente, el hecho ocurrió el 21 de marzo de 2024. El trabajador se encontraba junto a un compañero levantando una pieza metálica perteneciente a una turbina, de aproximadamente 100 kilogramos, para colocarla sobre un banco de trabajo de unos 90 centímetros de altura. Durante esa maniobra sintió un dolor agudo en la zona lumbar que se extendió de inmediato hacia una de sus piernas.
La aseguradora brindó atención médica y posteriormente otorgó el alta sin reconocer secuelas incapacitantes, al considerar que la dolencia tenía origen “inculpable”. Sin embargo, el trabajador continuó con dolores persistentes, realizó consultas particulares y finalmente fue sometido a una cirugía cubierta por su obra social.
Durante el juicio, una pericia médica determinó que el esfuerzo realizado en la maniobra laboral provocó dolor lumbar sobre una columna que ya presentaba una patología degenerativa previa. La especialista concluyó que las tareas vinculadas con el armado, reparación y movilización de equipos de mecánica industrial y objetos pesados pudieron influir negativamente sobre esa condición preexistente.
Al analizar el caso, la Cámara Laboral señaló que el examen preocupacional había detectado cambios degenerativos incipientes compatibles con el trabajo y sin incapacidad al momento del ingreso. También destacó que existió una relación temporal inmediata entre el esfuerzo realizado al levantar la pieza y la aparición de los síntomas, además de la evolución posterior que derivó en una intervención quirúrgica.
Los jueces concluyeron que el accidente actuó como factor eficiente en el desencadenamiento o agravamiento de la patología. Aplicaron la denominada teoría de la indiferencia de la concausa, según la cual corresponde reparar el daño cuando el hecho laboral contribuye a producir o exteriorizar una incapacidad, aun cuando existan condiciones previas del trabajador.
En consecuencia, el tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a OMINT ART S.A. a pagar una indemnización millonaria al trabajador.