Desde septiembre de 2025, una mujer de Cipolletti convivió con una preocupación que tenía a pocos metros de su casa. Detrás del paredón de su propiedad, en el sector de cocheras de un edificio lindero, había un pino de gran altura. Según relató ante el juzgado de Paz, el árbol medía entre 10 y 15 metros, desprendía resina, provocaba roturas y, durante los días de viento, se inclinaba con ruidos hacia su vivienda.
El problema no apareció de un día para otro. La mujer ya había reparado el paredón que separaba su patio del edificio y decidió comunicar la situación al administrador del consorcio. Según consta en la resolución, él reconoció el planteo y se comprometió a transmitirlo a quienes poseen las unidades funcionales.
La respuesta, sin embargo, no llegó en el plazo que ella esperaba.
Pasaron diez meses. De acuerdo con su presentación, después tampoco obtuvo respuestas a sus llamados ni a sus mensajes. El pino continuó en el mismo lugar y por eso recurrió al juzgado de Paz de Cipolletti.
La primera instancia para intentar una solución tuvo fecha: 12 de agosto de 2026.
Ese día, la vecina y el administrador se encontraron en una audiencia de conciliación. Allí, el representante del edificio pidió un cuarto intermedio. Necesitaba trasladar a quienes integran el consorcio el pedido concreto que había llegado al expediente: retirar el pino situado en el espacio común de las cocheras.
El juzgado aceptó el pedido y fijó una nueva audiencia.
El segundo encuentro ocurrió el 3 de septiembre. Las partes volvieron a reunirse y expusieron sus posiciones. Después del intercambio, alcanzaron un acuerdo y solicitaron que el juzgado lo homologara.
El compromiso quedó establecido por escrito.
El consorcio aceptó retirar el pino durante septiembre de 2026. Por su parte, la vecina manifestó su conformidad con esa solución y pidió recibir un aviso previo sobre el día y la hora del trabajo. Su solicitud tuvo un propósito específico: organizar su presencia en la vivienda ante cualquier eventualidad durante la tarea.
El acuerdo también contempló qué sucedería si alguno de sus puntos no se cumplía. En ese caso, las partes pactaron que buscarían asesoramiento jurídico de su confianza para analizar otra vía de solución al conflicto.
El 14 de septiembre, el juzgado de Paz analizó lo acordado. La resolución señaló que las partes alcanzaron una “justa composición de los derechos e intereses” y que se reunieron los requisitos legales necesarios para la homologación.
Con esos fundamentos, la jueza de Paz homologó el acuerdo con fuerza de sentencia.
La decisión dejó asentados los compromisos asumidos por cada parte: el consorcio retirará el árbol dentro del plazo pactado, la vecina recibirá aviso previo sobre el trabajo y, ante un eventual incumplimiento, las partes podrán recurrir al asesoramiento jurídico previsto en el propio acuerdo.




























