Niegan domiciliaria a policía que acribilló al joven cipoleño

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En la audiencia de revisión de medidas cautelares se confirmó la prisión preventiva del acusado por provocar lesiones gravísimas en la plaza San Martín de Cipolletti el pasado 16 de abril.

La defensa particular que representa al acusado había requerido el cese de la medida cautelar y subsidiariamente la morigeración de la modalidad de encarcelamiento, requiriendo que la misma sea de carácter domiciliario. Mencionó algunos casos que consideró más graves – un homicidio culposo y otro por homicidio con arma de fuego – en los cuales se había dispuesto la prisión domiciliaria y mencionó una serie de informes con los que contaba que avalaban su pedido.

La fiscalía, representada por el fiscal del caso Martín Pezzetta, se opuso a la morigeración y solicitó que la resolución de la jueza de garantías Rita Lucía, sea confirmada en todos sus términos. Sostuvo que los precedentes alegados por la defensa no eran análogos a este caso, refiriendo que en uno de ellos era de naturaleza culposa y que el restante culminó con una absolución del imputado por haber actuado el mismo en legítima defensa.

El abogado Michel Rischman, quien representa a los familiares de la víctima, también se opuso a la prisión domiciliria, argumentando que no estaban dados los requisitos para la misma, sumando a lo anterior que las evidencias que aportó la defensa para avalar su pedido no eran suficientes para garantizar que el imputado no iba a entorpecer el normal avance de la investigación.

Finalmente, el defensor Damian Moreyra sostuvo que siguiendo tanto los principios del Código Procesal Penales, como las Constituciones Nacional y Provincial como los pactos internaciones que tratan el tema de las medidas cautelares, se debía resolver de acuerdo a la medida que sea menos lesiva para el acusado.

A la hora de resolver, el juez de juicio Guillermo Merlo, adelantó que no iba a tratar la cuestión vinculada a la morigeración de la prisión preventiva puesto que no había sido resuelta por la Jueza de Garantías toda vez que en la audiencia de formulación de cargos no se contaba con un informe socioambiental ni de factibilidad del control de monitoreo electrónico por parte del servicio penitenciario.

En consecuencia, consideró que se debía requerir una nueva audiencia ante la magistrada de primera instancia para plantear nuevamente la morigeración con estos elementos. En cuanto a la prisión preventiva, el juez de juicio ratificó la misma en todos sus términos entendiendo que la misma cumplía con los requisitos de validez y mencionando que no se trató de una resolución arbitraria.

El hecho investigado sucedió durante la madrugada del pasado 16 de abril en la plaza San Martín de Cipolletti. En esas circunstancias y cuando la víctima disputaba una pelea a golpes de puño con otro joven, el acusado – quien es funcionario policial – habría descendido del móvil y realizado dos disparos al aire con una escopeta con munición de estruendo. Posteriormente y sin importante las heridas que podría provocar en los presentes, disparó a muy corta distancia con esa misma munición contra la víctima lesionando en la zona de tórax.

La calificación legal del caso es lesiones gravísimas agravadas por ser cometidas por un funcionario policial en ejercicios de sus funciones y por ser cometidas con un arma de fuego.